Ley de Seguridad Privada

Global Risk, es una agencia profesional de detectives privados, eficiente y con un espíritu por la excelencia. Toda su plantilla está compuesta por los mejores profesionales del panorama de la investigación privada.

La profesión de detective privado, se encuentra regulada en España por la Ley 5/2014 del 4 de abril sobre Seguridad Privada.

Artículo 5. Actividades de seguridad privada.

1. Constituyen actividades de Seguridad Privada las que se mencionan a continuación:

h) La investigación privada en relación a personas, hechos o delitos sólo perseguibles a instancia de parte.

2. Los despachos de detectives podrán prestar, con carácter exclusivo y excluyente, servicios a los que se refiere el párrafo h) del apartado anterior.

Artículo 48. Servicios de investigación privada.

Ley seguridad privada

1. Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos:

a) Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.

b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.

c) La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.

De todo lo citado anteriormente, extraemos que los detectives privados son una actividad exclusiva, ya que solo puede ser desempeñada por detectives privados habilitados por el Ministerio de Interior y excluyente, porque ninguna persona física o jurídica sin dicha habilitación puede desarrollar tal actividad.

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