¿Se extingue el uso de la vivienda familiar al convivir con una nueva pareja?

¿Se extingue el uso de la vivienda familiar al convivir con una nueva pareja?

Tras un divorcio, una de las ganancias del progenitor custodio es el derecho al uso de la vivienda familiar con los hijos, según el art. 96.1. Pero, ¿qué pasa cuando este progenitor inicia una relación con una nueva pareja y esta convive en el domicilio familiar? Después de la última sentencia de Tribunal Supremo, se pierde el derecho al domicilio familiar tras un divorcio en el momento en que entra a vivir en él una nueva pareja.

El Tribunal Supremo sobre el uso de la vivienda familar


Hasta ahora, los jueces habían propuesto diferentes resoluciones para estos casos, que se han considerado, en su mayoría, insuficientes o injustas. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha puesto fin a esta ambigüedad en su última Sentencia sobre Derecho de Familia 641/2018, del 20 de noviembre, que ordena la extinción del uso de la vivienda familiar por convivencia del progenitor custodio con su nueva pareja. Esta sentencia ratifica la de la Audiencia Provincial de Valladolid y desestima el recurso que había interpuesto la Fiscalía sobre ella.

El Tribunal Supremo ha considerado que el derecho a vivir en la vivienda familiar se mantiene mientras se conserve el “carácter familiar”. La entrada de un nuevo miembro en el domicilio modifica la unidad familiar y, por lo tanto, la vivienda alberga una familia de una naturaleza distinta.  Según el alto tribunal, esto altera las condiciones que hicieron que el progenitor se beneficiara del uso de la vivienda y \"cambia el estatus del domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos\". Por eso, procede la extinción del derecho de uso cuando se liquida la sociedad de gananciales.

La sentencia recuerda que los padres deben velar por cumplir los intereses de sus hijos, por eso se deben plantear soluciones económicas que permitan la conciliación de estos intereses. Se puede efectuar esta aplicación trasladándose a una nueva vivienda, pero el abandono del domicilio familiar no es la única solución, ya que también se podrá adquirir la mitad del otro progenitor, mediante la venta.

Esta sentencia pone fin a situaciones consideradas injustas y, según el Supremo, no cuestiona el derecho a establecer nuevas relaciones, sino que priva que esta libertad perjudique al progenitor no custodio. Además, no priva a los menores el derecho a la vivienda ni cambia la custodia.

En Global Risk contamos con una amplia experiencia en investigación privada y familiar. Por eso, si tienes dudas acerca del uso de la vivienda familiar y sospechas que el progenitor custodio de tus hijos reside con una nueva pareja en el domicilio familiar pero no quiere dar conocimiento de ello, ponte en contacto con nuestros detectives privados para recibir asesoramiento personalizado.
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